miércoles, 15 de febrero de 2017

PUNTOS BÁSICOS DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL

PUNTOS BÁSICOS DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL
Andrés Arturo Araujo Solórzano

Ulpiano (1581) citado por Cevallos Vasquez (2007, p. 15), menciona que el comercio consiste en vender y comprar (Commercium Est Emendi Vendendique Ius).


Introducción
El derecho mercantil es una disciplina nueva en relación con el derecho civil, creada para regular las relaciones entre comerciantes ante un tribunal competente, pero a raíz de su evolución, se amplió el derecho mercantil en regular, también a los comerciantes y aquellos que no lo son, pero que realizan actos de comercio, y así se termina incluyendo y obligando a los no comerciantes a responder por daños y perjuicios.
Como en toda sociedad es primordial que se establezcan normas y parámetros técnicos legales, para que exista o tengan una mejor relación los distintos sectores de la sociedad y especialmente uno que es muy importante, el sector comercial, que es pieza fundamental para las relaciones de los demás sectores agrícola, bananero, en fin las relaciones comerciales en todos sus ámbitos, por lo mismo el derecho mercantil aparece, para establecer normas que rigen las relaciones entre los comerciantes y los que no lo son, igualmente el derecho mercantil, ayuda a que exista mayor imparcialidad y equidad, y como un derecho de protección para el comerciante tanto en lo legal, para que impere la seguridad jurídica a favor de las actuaciones comerciales y sus actores.
Cuando hablamos de derecho mercantil se nos viene a la mente la palabra mercado, mercantilismo, todo lo que es un gran flujo y movimientos de especies, objetos de una manera comercial.
Muy importante también es no perder la esencia de cómo nace el derecho comercial en sus primeras etapas y como nacieron sus primeras relaciones comerciales entre personas por la costumbre y después se la formaliza jurídicamente y aparece por primera vez en el contrato de permuta, antes que el de la compraventa y ¿Porque sucede esto? Porque antes las relaciones comerciales se efectuaban con el intercambio de cosas, ósea dando una cosa por la otra y así se celebraba el contrato de permuta, pero a raíz de la aparición de la moneda el contrato de permuta pierde fuerza y gana vigencia y aplicabilidad el contrato de compraventa que es uno de los más importantes y usuales en el derecho mercantil hoy en día.
Así que la compraventa empieza a ser aplicada por todos los comerciantes, estableciendo el precio y la cosa que se desea vender y por tal motivo las obligaciones que tienen tanto el vendedor, como el comprador, deben ser cumplidas para el perfeccionamiento del contrato, como el vendedor que se compromete a transferir la cosa y su derecho al comprador y en cambio el comprador tiene la obligación de pagar por la cosa un precio cierto en dinero.
Hay que recalcar, que en el derecho mercantil aparece un término muy importante, que es el de la “Propiedad”, que toma una relevancia importante en los contratos de compraventa y en el derecho mercantil en general, al formalizar a través del contrato mencionado y legalizar tal transferencia del derecho de propiedad a otra persona por medio de los trámites correspondientes, inscripción de la escritura pública en el registro de la propiedad. Por tal motivo existen estas instituciones para efectivizar la transferencia del derecho de propiedad y dominio al comprador, para así evitar en un futuro o malos entendidos, por eso es de suma importancia el contrato de compraventa mercantil y su debido registro en los órganos competentes.
El contrato de compraventa Mercantil
El contrato de compraventa mercantil, es consensual, bilateral y oneroso.
Consensual: debe existir siempre un acuerdo pactado, para así ir perfeccionando la relación comercial en el contrato de compraventa, con el único fin de obtener sus respectivos intereses.
Bilateral: deben existir siempre dos partes, tanto vendedor, como comprador y estos pueden tener la calidad de personas naturales y jurídicas.
Oneroso: siempre tendrá de por medio un interés económico, no es gratuito en el sentido de que generalmente habrá un valor que pagar, para la obtención de la cosa.
Similitudes del derecho mercantil con el derecho civil
El derecho mercantil establece un punto muy importante, sobre la propiedad y el derecho de la propiedad, que encierra una similitud muy estrecha con el derecho civil y es que ambas ramas del derecho protegen a la propiedad a través de sus preceptos legales.
Por un lado, el derecho civil hace que se respete la propiedad, por ejemplo:
En la creación de la figura jurídica de la curaduría de bienes, que se la delega para la protección y correcta administración de los bienes que le ha dejado el muerto un hijo menor o a una persona incapaz, así la transferencia de los bienes a sus herederos, hará que se restituya de manera equitativa los bienes, para su protegido.
Y así mismo surgen otros mecanismos legales para que la propiedad, no sea transferida mediante una causa ilícita y así se evita que personas se beneficien de estas acciones irregulares.
Por el otro lado, el derecho mercantil hace lo mismo para proteger a la propiedad o la cosa, que es lo más importante en un contrato de compraventa mercantil y en este caso para que la relación comercial sea más saludable, con el efectivo traspaso de la cosa y su dominio se garantiza de mejor manera la ley mercantil. Por eso:
1)      La cosa debe ser susceptible de ser vendida, quiere decir que debe ser un objeto comerciable y que no tenga restricciones como objeto ilícito y que por lo tanto pueda ser vendida y comprada libremente, así se evita que exista un mercado extralegal o ilícito, llamado vulgarmente cachineria, en el cual los objetos vendidos son de dudosa procedencia.
2)      Que la cosa sea determinada, quiere decir que exista una determinación del objeto, numero o serie, dándole licitud al objeto, acreditándolo a un flujo comercial, cualquier venta de objetos deben ser numeradas si se trata de cantidades, para que exista una mejor especificación del precio que se está pagando por la cantidad de mercadería. 
3)      Que la cosa que es materia en el contrato de compraventa, sea existente o se presuma su existencia y que, dada su prueba, al momento de celebrarse el contrato de compraventa, esta declaración de voluntad, se decretará efectiva, pero no surtirá efecto si la cosa ha dejado de existir durante el tiempo del contrato o si jamás existió, no genera obligación de ninguna clase para el comprador.
Para Guillermo Cabanellas la propiedad no es más “Que el dominio que un individuo tiene sobre una cosa determinada, con la que puede hacer lo que desee su voluntad”.


La importancia de la permuta
Es importante entablar que tanto la compraventa como la permuta, son aptas para una relación de comercio, tal como lo dispone el art. 3 #1 del código de comercio, con el ánimo de revenderlas o permutarlas, en la misma forma del objeto o en otra distinta, por tal motivo la permuta sigue siendo aplicada, porque aún se la practica en distintas regiones del Ecuador, principalmente en comunidades indígenas y montubias, donde es común su práctica.
La Importancia de los órganos internacionales
No hay que olvidarse de los controles de convencionalidad, donde el estado ecuatoriano se ha ratificado, como estado-parte de la convención de Viena, sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías y esta tiene relevancia en el código de comercio ecuatoriano, al entablar en la sección sobre las ventas internacionales de mercancías, en la cual se prohíbe la compraventa mercantil de bienes inmuebles.
Obligaciones y derechos del vendedor y comprador
Como toda rama jurídica en este caso el derecho mercantil crea obligaciones para sus dos actores principales, el vendedor y el comprador, para generar una seguridad jurídica, principalmente en los contratos de compraventa mercantil y establece:
Obligaciones del vendedor
1)      Entregar la cosa: se debe efectuar la entrega del bien y el derecho de tal con eficiencia, real e inmediata, para que se termine de perfeccionar el contrato, se debe tener claro que una vez entregada la cosa al comprador, este hace efectivo el derecho adquirido como producto del contrato, si una vez hecho el pago por el comprador, si el vendedor no hace efectiva la entrega de la cosa, el contrato no queda perfeccionado hasta que se realice la entrega y por consiguiente el vendedor no se libera de la obligación contractual, por eso el código de comercio establece en el art. 189, los plazos y el lugar donde se ha pactado la entrega de la cosa, en caso de falta de un plazo, el vendedor tendrá que entregar las mercaderías, pasadas las veinticuatro horas siguientes y en casi de no haberse designado un lugar, la entrega se hará en el lugar donde se encuentren las mercaderías.

2)      La obligación del vendedor en la entrega de cosas no individualizadas   

Esto sería en el caso de recibir una gran cantidad de mercaderías, en la cual todo se encuentra junto, pero el comprador presume que toda la mercadería está sana y en una aceptable calidad, pero en caso de que la mercadería este viciada el vendedor tiene la obligación de responder por todos los daños y perjuicios causados al comprador.

3)      En caso de desaparición del bien
Si se ha estipulado en el contrato y se ha pactado la obligación del vendedor en caso de pérdida de la cosa, la responsabilidad de hacerse cargo de tal perdida con el comprador, siempre que tal obligación exista en el contrato y también corre por cuenta del vendedor, cuando la perdida de tal mercadería haya ocurrido por fraude o culpa del vendedor por negligencia del mismo y tal obligación ocurre sin haber establecido tal obligación en el contrato.

4)      Ciertas formas de cómo se debe hacer efectiva la entrega de las cosas muebles
·         Mostrándoselas
·         Encargándose el uno de poner la cosa a disposición del comprador, en el lugar convenid, etc.
v  En el ámbito de los bienes raíces y derechos reales sobre inmuebles, la tramitación se efectúa mediante la inscripción del título en el libro correspondiente en el registro de la propiedad.
                                   I.            Por la tramitación del conocimiento, carta de porte o factura, en los casos de venta de mercaderías que están tránsito.
                                II.            Por la trasmisión del certificado de depósito de mercancía depositadas en almacenes generales de depósito.
Estas dos firmas de entrega son importantes porque son contempladas como entregas no materiales pero concebidas como tales por la ley.
En el caso de mostrar una factura de la compra de la mercadería o de mostrar el depósito, en los centros de depósito, como dueños de la mercadería que está en camino.

5)      Obligación de custodia de la cosa
La obligación de cuidar y proteger la cosa, viene como una obligación innata, en el caso de celebrado el contrato, no se perfecciona totalmente hasta la entrega de la misma, y si el comprador no efectúa a tiempo el traslado de las mercaderías, el vendedor es responsable de cuidar las cosas, de la culpa lata o dolo de la custodia y conservación de aquellas.
6)      Obligación de saneamiento por evicción o vicios redhibitorios
El vendedor debe sanear la cosa vendida, debe entregar una mercadería, así mismo debe quitar o establecer los vicios ocultos de la cosa, para que el vendedor responda en otro proceso por los respectivos daños y perjuicios.
Debe entregar una mercadería que responda a las características situadas en el contrato, sin que tenga impedimentos legales, como prohibición de enajenar, todas estas restricciones son para proteger o garantizar al comprador, la obtención de una mercadería comerciable.
¿Qué es la acción redhibitoria?

Es la que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados redhibitorios y estos preceptos en 6 meses y para mercaderías despachadas en el extranjero en un año.

¿Qué es la acción de evicción?

Es cuando el comprador compra una mercadería y está viciada y no puede hacer el uso del derecho real de dominio, del todo o parte por sentencia judicial.

Estas dos figuras le dan una garantía al comprador y una posesión pacifica de la mercadería y las obligaciones de los vicios ocultos en las mercaderías responde el vendedor, por lo tanto es importante el saneamiento por evicción o acción redhibitoria porque le da calidad comerciables a productos viciados.

Derechos del vendedor

1)      Pedir reconocimiento de la cosa

Aquí el vendedor se encarga de demostrar la funcionalidad y la calidad total de la mercadería, evitando cualquier reclamación una vendida la cosa.

2)      Pedir que se rinda fianza – art. 193 C. comercio

Aquí el vendedor asegura la venta de su mercadería, en el caso de que tenga un declive económico el comprador, sim importar que se haya fijado un plazo para la entrega, este no estará obligado, hasta que no se establezca una fianza satisfactoria.

3)      El precio

Es sumamente importante en un contrato de compraventa mercantil establecer el precio, que es lo más importante, así se establece un acuerdo, en la entrega del dinero y el vendedor en la transmisión de la cosa, el precio también debe tener una coherencia con la cosa que se vende.

4)      A retener la cosa – art. 198 C. comercio

Simplemente si no se ha efectuado la entrega total del dinero y con sus debidos intereses, el vendedor podrá retener la venta, ya sea vía depósito y así mismo, si se ha establecido un plazo y si el comprador pide la devolución del dinero, este será devuelto en su totalidad sin más reclamo.

5)      A rescindir del contrato por falta de recepción de la cosa por el comprador

Siempre se establecerá una resolución de la venta por parte del vendedor, en caso de que el comprador se rehusé sin ningún motivo razonable a recibir la cosa, y se establecerá una indemnización de perjuicios, por el daño de tener una mercadería sin opción a venderla a otro comprador.

Obligaciones del comprador

1)      Pagar el precio

Es una obligación bilateral, tanto el comprador hace el pago y el vendedor hace la entrega de la cosa, así se ejecuta la compraventa, también se podrá pagar a plazos o al contado, de acuerdo al convenio de las partes.

2)      Recibir la cosa

Es importante que el comprador recepte la mercadería comprada, para que se haga efectivo el contrato de compraventa, ya que es una obligación o la regla general.

3)      Correr riesgos

Pueden ocurrir dos clases de riesgos:

                                 I.            Caso fortuito: en la que la cosa se deteriore o perezca por cuestiones impredecibles, obviamente puede sufrir un riesgo por la pérdida o deterioro es un suceso que siempre va a imperar en la compraventa mercantil y será

                              II.            Por responsabilidad del vendedor: es cuando la pérdida o deterioro haya ocurrido por fraude o culpa del vendedor o por vicio interno de la cosa vendida.

                           III.            Y será responsabilidad del comprador, una vez que se ha perfeccionado el contrato.

Derechos del comprador

1)      Exigir la entrega de la cosa

Como todo contrato bilateral debe existir un proceso que perfeccione el contrato y en este caso es la entrega de la cosa al comprador y tal mercadería ya debe estar saneada, con el establecimiento del tiempo y lugar del mismo y si no está estipulado, se lo deberá hacer de acuerdo a lo establecido en la ley.

2)      No recibir las cosas por partes

Se tendrá que pactar por partes en el contrato, si es que el comprador desea recibir la mercadería por partes, pero en el art. 200 del C. comercio dice, que el comprador que contratare una cantidad de mercaderías, no está bajo ninguna circunstancia a recibir una porción de ellas, salvo que, y así mismo quedara celebrada el contrato de acuerdo a las entregas parciales recibidas, determinando como último fin, la demora de la entrega de la mercadería, el vendedor tendrá que indemnizar por daños y perjuicios, por incumplimiento de entrega en el contrato.

3)      Exigir la factura

La factura siempre será un elemento de prueba que le servirá al comprador para determinar la compra de tal cosa, la cantidad y así demostrar la compra y por lo mismo, el comprador debe exigirle al vendedor la entrega de la factura con su respectiva firma y detallando la cosa entregada.

4)      Exigir los bienes en un buen estado y funcionamiento

Esta es la parte final del contrato, para celebrar su perfección, no debe haber vicios de evicción, ni redhibitorios, deben estar sanados y en caso de que si las mercaderías, no hayan sido individualizadas el vendedor cumplirá su obligación, entregándoselas sanas y de regular calidad. Art. 190 del C. comercio.

Conclusión

Pienso que no hay hablar de la importancia de los contratos, porque esta muy claro la importancia que tienen hoy en día en nuestra legislación y en la rama jurídica, gracias a las costumbres de nuestros antepasados de realizar trueques y más relaciones de intercambio, esta práctica se volvió muy común y practicada por todos, que se vio la necesidad de positivarla en una norma legal, primero fue en las leyes civiles, que ahora son las leyes complementarias del código de comercio hoy en día, así se le fue dando mas fortaleza en el ámbito internacional, con el fin de expandir el comercio y sus relaciones con los mercados internacionales y así darle una seguridad jurídica internacional, a través de las convención de Viena, ha sido tan importante el derecho mercantil, porque se extiende, tanto en las fuentes formales, históricas y materiales, que le dan esa cobertura de establecer clausulas para realizar, cualquier acto de comercio bajo las normas legales, pero que protegen tanto al comerciante y a sus actos, no queda más que decir que a  pesar de su aparición y ser más joven en relación al derecho civil y otras jurisdicciones, el derecho mercantil y específicamente los contratos de compraventa mercantil, se han establecido los preceptos legales, dándole la misma calidad al vendedor como al comprador, sean comerciantes o no, haciendo prevalecer la equidad y un ambiente comercial saludable.

 

 

 

Bibliografía

Cevallos, V.. (2007). Manual de Derecho Mercantil. Ecuador: Juridica del Ecuador.

http://gc.initelabs.com/recursos/files/r157r/w12977w/DerMerca%201_Unidad2.pdf

Código de comercio

 

 





  

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