PUNTOS BÁSICOS DE UN CONTRATO DE
COMPRAVENTA MERCANTIL
Andrés Arturo Araujo Solórzano
Ulpiano
(1581) citado por Cevallos
Vasquez (2007, p. 15), menciona que el comercio consiste en vender y
comprar (Commercium Est Emendi Vendendique Ius).
Introducción
El
derecho mercantil es una disciplina nueva en relación con el derecho civil,
creada para regular las relaciones entre comerciantes ante un tribunal competente,
pero a raíz de su evolución, se amplió el derecho mercantil en regular, también
a los comerciantes y aquellos que no lo son, pero que realizan actos de
comercio, y así se termina incluyendo y obligando a los no comerciantes a
responder por daños y perjuicios.
Como
en toda sociedad es primordial que se establezcan normas y parámetros técnicos legales,
para que exista o tengan una mejor relación los distintos sectores de la
sociedad y especialmente uno que es muy importante, el sector comercial, que es
pieza fundamental para las relaciones de los demás sectores agrícola, bananero,
en fin las relaciones comerciales en todos sus ámbitos, por lo mismo el derecho
mercantil aparece, para establecer normas que rigen las relaciones entre los
comerciantes y los que no lo son, igualmente el derecho mercantil, ayuda a que
exista mayor imparcialidad y equidad, y como un derecho de protección para el
comerciante tanto en lo legal, para que impere la seguridad jurídica a favor de
las actuaciones comerciales y sus actores.
Cuando
hablamos de derecho mercantil se nos viene a la mente la palabra mercado,
mercantilismo, todo lo que es un gran flujo y movimientos de especies, objetos de
una manera comercial.
Muy
importante también es no perder la esencia de cómo nace el derecho comercial en
sus primeras etapas y como nacieron sus primeras relaciones comerciales entre
personas por la costumbre y después se la formaliza jurídicamente y aparece por
primera vez en el contrato de permuta,
antes que el de la compraventa y ¿Porque sucede esto? Porque antes las
relaciones comerciales se efectuaban con el intercambio de cosas, ósea dando
una cosa por la otra y así se celebraba el contrato de permuta, pero a raíz de
la aparición de la moneda el contrato de permuta pierde fuerza y gana vigencia
y aplicabilidad el contrato de compraventa que es uno de los más importantes y
usuales en el derecho mercantil hoy en día.
Así
que la compraventa empieza a ser aplicada por todos los comerciantes,
estableciendo el precio y la cosa que se desea vender y por tal motivo las
obligaciones que tienen tanto el vendedor, como el comprador, deben ser
cumplidas para el perfeccionamiento del contrato, como el vendedor que se
compromete a transferir la cosa y su derecho al comprador y en cambio el
comprador tiene la obligación de pagar por la cosa un precio cierto en dinero.
Hay
que recalcar, que en el derecho mercantil aparece un término muy importante,
que es el de la “Propiedad”, que toma una relevancia importante en los
contratos de compraventa y en el derecho mercantil en general, al formalizar a través
del contrato mencionado y legalizar tal transferencia del derecho de propiedad
a otra persona por medio de los trámites correspondientes, inscripción de la
escritura pública en el registro de la propiedad. Por tal motivo existen estas
instituciones para efectivizar la transferencia del derecho de propiedad y
dominio al comprador, para así evitar en un futuro o malos entendidos, por eso
es de suma importancia el contrato de compraventa mercantil y su debido
registro en los órganos competentes.
El
contrato de compraventa Mercantil
El
contrato de compraventa mercantil, es consensual, bilateral y oneroso.
Consensual:
debe existir siempre un acuerdo pactado, para así ir perfeccionando la relación
comercial en el contrato de compraventa, con el único fin de obtener sus
respectivos intereses.
Bilateral:
deben existir siempre dos partes, tanto vendedor, como comprador y estos pueden
tener la calidad de personas naturales y jurídicas.
Oneroso:
siempre tendrá de por medio un interés económico, no es gratuito en el sentido
de que generalmente habrá un valor que pagar, para la obtención de la cosa.
Similitudes del derecho mercantil con
el derecho civil
El
derecho mercantil establece un punto muy importante, sobre la propiedad y el
derecho de la propiedad, que encierra una similitud muy estrecha con el derecho
civil y es que ambas ramas del derecho protegen a la propiedad a través de sus
preceptos legales.
Por
un lado, el derecho civil hace que se respete la propiedad, por ejemplo:
En
la creación de la figura jurídica de la curaduría de bienes, que se la delega
para la protección y correcta administración de los bienes que le ha dejado el
muerto un hijo menor o a una persona incapaz, así la transferencia de los
bienes a sus herederos, hará que se restituya de manera equitativa los bienes,
para su protegido.
Y
así mismo surgen otros mecanismos legales para que la propiedad, no sea
transferida mediante una causa ilícita y así se evita que personas se beneficien
de estas acciones irregulares.
Por
el otro lado, el derecho mercantil hace lo mismo para proteger a la propiedad o
la cosa, que es lo más importante en un contrato de compraventa mercantil y en
este caso para que la relación comercial sea más saludable, con el efectivo
traspaso de la cosa y su dominio se garantiza de mejor manera la ley mercantil.
Por eso:
1) La
cosa debe ser susceptible de ser vendida, quiere decir que debe ser un objeto
comerciable y que no tenga restricciones como objeto ilícito y que por lo tanto
pueda ser vendida y comprada libremente, así se evita que exista un mercado
extralegal o ilícito, llamado vulgarmente cachineria, en el cual los objetos
vendidos son de dudosa procedencia.
2) Que
la cosa sea determinada, quiere decir que exista una determinación del objeto,
numero o serie, dándole licitud al objeto, acreditándolo a un flujo comercial,
cualquier venta de objetos deben ser numeradas si se trata de cantidades, para
que exista una mejor especificación del precio que se está pagando por la
cantidad de mercadería.
3) Que
la cosa que es materia en el contrato de compraventa, sea existente o se
presuma su existencia y que, dada su prueba, al momento de celebrarse el
contrato de compraventa, esta declaración de voluntad, se decretará efectiva,
pero no surtirá efecto si la cosa ha dejado de existir durante el tiempo del
contrato o si jamás existió, no genera obligación de ninguna clase para el
comprador.
Para
Guillermo Cabanellas la propiedad no es más “Que el dominio que un individuo
tiene sobre una cosa determinada, con la que puede hacer lo que desee su
voluntad”.
La
importancia de la permuta
Es
importante entablar que tanto la compraventa como la permuta, son aptas para
una relación de comercio, tal como lo dispone el art. 3 #1 del código de
comercio, con el ánimo de revenderlas o permutarlas, en la misma forma del
objeto o en otra distinta, por tal motivo la permuta sigue siendo aplicada,
porque aún se la practica en distintas regiones del Ecuador, principalmente en
comunidades indígenas y montubias, donde es común su práctica.
La Importancia de los órganos
internacionales
No
hay que olvidarse de los controles de convencionalidad, donde el estado
ecuatoriano se ha ratificado, como estado-parte de la convención de Viena,
sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías y esta tiene
relevancia en el código de comercio ecuatoriano, al entablar en la sección
sobre las ventas internacionales de mercancías, en la cual se prohíbe la
compraventa mercantil de bienes inmuebles.
Obligaciones y derechos del vendedor
y comprador
Como
toda rama jurídica en este caso el derecho mercantil crea obligaciones para sus
dos actores principales, el vendedor y el comprador, para generar una seguridad
jurídica, principalmente en los contratos de compraventa mercantil y establece:
Obligaciones
del vendedor
1)
Entregar
la cosa: se debe efectuar la entrega del bien y el derecho de
tal con eficiencia, real e inmediata, para que se termine de perfeccionar el
contrato, se debe tener claro que una vez entregada la cosa al comprador, este
hace efectivo el derecho adquirido como producto del contrato, si una vez hecho
el pago por el comprador, si el vendedor no hace efectiva la entrega de la
cosa, el contrato no queda perfeccionado hasta que se realice la entrega y por
consiguiente el vendedor no se libera de la obligación contractual, por eso el
código de comercio establece en el art. 189, los plazos y el lugar donde se ha
pactado la entrega de la cosa, en caso de falta de un plazo, el vendedor tendrá
que entregar las mercaderías, pasadas las veinticuatro horas siguientes y en
casi de no haberse designado un lugar, la entrega se hará en el lugar donde se
encuentren las mercaderías.
2)
La
obligación del vendedor en la entrega de cosas no individualizadas
Esto sería en el caso de
recibir una gran cantidad de mercaderías, en la cual todo se encuentra junto,
pero el comprador presume que toda la mercadería está sana y en una aceptable calidad,
pero en caso de que la mercadería este viciada el vendedor tiene la obligación
de responder por todos los daños y perjuicios causados al comprador.
3)
En
caso de desaparición del bien
Si se ha estipulado en el
contrato y se ha pactado la obligación del vendedor en caso de pérdida de la
cosa, la responsabilidad de hacerse cargo de tal perdida con el comprador,
siempre que tal obligación exista en el contrato y también corre por cuenta del
vendedor, cuando la perdida de tal mercadería haya ocurrido por fraude o culpa
del vendedor por negligencia del mismo y tal obligación ocurre sin haber
establecido tal obligación en el contrato.
4)
Ciertas
formas de cómo se debe hacer efectiva la entrega de las cosas muebles
·
Mostrándoselas
·
Encargándose el uno de poner la cosa a
disposición del comprador, en el lugar convenid, etc.
v En
el ámbito de los bienes raíces y derechos reales sobre inmuebles, la
tramitación se efectúa mediante la inscripción del título en el libro
correspondiente en el registro de la propiedad.
I.
Por la tramitación del conocimiento, carta
de porte o factura, en los casos de venta de mercaderías que están tránsito.
II.
Por la trasmisión del certificado de
depósito de mercancía depositadas en almacenes generales de depósito.
Estas
dos firmas de entrega son importantes porque son contempladas como entregas no materiales pero concebidas
como tales por la ley.
En
el caso de mostrar una factura de la compra de la mercadería o de mostrar el
depósito, en los centros de depósito, como dueños de la mercadería que está en
camino.
5)
Obligación
de custodia de la cosa
La obligación de cuidar y
proteger la cosa, viene como una obligación innata, en el caso de celebrado el
contrato, no se perfecciona totalmente hasta la entrega de la misma, y si el
comprador no efectúa a tiempo el traslado de las mercaderías, el vendedor es
responsable de cuidar las cosas, de la culpa lata o dolo de la custodia y
conservación de aquellas.
6)
Obligación
de saneamiento por evicción o vicios redhibitorios
El vendedor debe sanear
la cosa vendida, debe entregar una mercadería, así mismo debe quitar o
establecer los vicios ocultos de la cosa, para que el vendedor responda en otro
proceso por los respectivos daños y perjuicios.
Debe entregar una
mercadería que responda a las características situadas en el contrato, sin que
tenga impedimentos legales, como prohibición de enajenar, todas estas
restricciones son para proteger o garantizar al comprador, la obtención de una
mercadería comerciable.
¿Qué
es la acción redhibitoria?
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