martes, 20 de agosto de 2024

SEMINARIO 10 AÑOS DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL. Avances y Desafíos

 


CLASE 1
"Aspectos Pre procesales y Procesales para el juzgamiento de delitos: aspectos críticos"




CLASE 2
"Análisis y desafíos en la tipificación dle femicidio"




CLASE 3
"Punitivismo en el COIP"




CLASE 4
"El delito de abuso sexual, evolución normativa"




CLASE 5
"10 años del COIP: punitivismo y garantismo. ¿Cuál lleva la ventaja?"




CLASE 6
"La imputación en el  COIP"




CLASE 7
"Tutela judicial efectiva penal"




CLASE 8
"La política Criminal y el combate al crimen organizado"





CLASE 9
"La teoría de la Imputación Objetiva en el Código Orgánico Integral Penal: análisis crítico y desafíos"





CLASE 10
"Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas"





CLASE 11
"Sistema penal juvenil que pasa con los adolescentes infractores en nuestro país"





CLASE 12
"Derecho penal mínimo y críticos al COIP"





CLASE 13
"El principio de presunción de inocencia y su práctica en los últimos diez años"





CLASE 14
"Análisis del tipo penal femicidio"























viernes, 1 de septiembre de 2017

MASCULINIDADES HEGEMÓNICAS EN LOS SISTEMAS INJUSTOS DE CUIDADOS

Masculinidades hegemónicas en los sistemas injustos de cuidados
Hegemonic masculinities in the unfair care systems
Autor: Claudia Orellana Robalino



Resumen: Es pertinente en la actualidad describir, criticar y analizar cómo la construcción hegemónica de las masculinidades influye en la economía de los cuidados, ya que es una realidad que en pleno SXXI los cuidados siguen siendo realizados en su mayoría por las mujeres. Generando de esta manera desigualad de condiciones y posiciones de las mujeres tanto en el ámbito educativo, laboral, económico, social y político. A pesar de los esfuerzos de los organismos internacionales y de algunos Estados en adoptar medidas para asegurar la promoción y la protección efectivas de los derechos humanos de todos los trabajadores domésticos, las estadísticas demuestran que no existe un gran avance en la práctica relacionada a la inclusión de los hombres en los cuidados, ni la mejora de la calidad de vida y oportunidades de las personas que lo realizan, generalmente mujeres. Es por estas razones que se debe estudiar y proponer una transformación de las masculinidades y sus roles para asegurar mejores condiciones y posiciones de las mujeres y proponer que los cuidados sean un trabajo en conjunto y eliminar estigmas contra aquellos hombres que realizan cuidados y trabajo reproductivo.
Palabras claves: masculinidades hegemónicas, economía de los cuidados, corresponsabilidad, paternidad, sistemas de cuidados injustos.
Abstract: It is pertinent to describe, criticize and analyze how the hegemonic masculinities influences the economy of care, because it is a reality that in the 21st century caring economy is still being carried out, mostly by women. Thereby generates inequality conditions and positions of women in educational, occupational, economic, social and political field. Despite the efforts of international organizations and some States to take measures to ensure human rights promotion and protection of domestic workers, statistics show that it is still perform by women, so it is necessary the inclusion of men in care economy, for the improvement of the quality of life and opportunities of people women who perform it. For these reasons, it is indispensable the transformation of hegemonic masculinities and their roles to ensure better conditions and positions of women. So, men must join in care economy and the community (States, families, and private companies) must promote the transformation of hegemonic masculinities and the elimination of stigmas against those men who participate in care systems and reproductive roles.
Key words: hegemonic masculinities, care economy, corresponsability, parenthood, unfair care systems.
Introducción: El presente ensayo es de tipo explicativo, descriptivo y argumentativo, cuya tesis principal es demostrar la necesidad de la transformación de las masculinidades hegemónicas para su inclusión dentro de la economía de los cuidados Para sostener la tesis propuesta en el presente ensayo se ha estructurado el ensayo en tres argumentos que son: (1) Características generales de un sistema injusto de cuidados, en el que se analizará de forma breve, cuáles son las características. (2) La Construcción hegemónica de la masculinidad y su influencia sobre la economía de los cuidados, que evidencia cómo las normas de género sexistas han impuesto determinados roles de género basados en el sexo de una persona, que constituyen una de las características principales de los sistemas de cuidados injustos. (3) Transformación de las masculinidades como una necesidad para construir sistemas de cuidados más justos y la igualdad de género, que constituye la propuesta del ensayo que evidenciará cómo la desconstrucción de las normas de género sexistas son indispensables para transformación de los sistemas de cuidados

1.      Características generales de un sistema injusto de cuidados:
Los cuidados son aquellas actividades que realizan generalmente las mujeres, que implican asegurar el bienestar físico, emocional e integral de las personas bajo dependencia, el trabajo reproductivo de la maternidad y paternidad, y la búsqueda constante de la conciliación entre la vida laboral, familiar, personal y los cuidados. Los cuidados están presentes a lo largo del ciclo de la vida, ya que se refieren al bienestar integral y diario de las personas para cubrir necesidades de salud, alimentación, cuidado del hogar, entre otras.
 Los sistemas de cuidado son la organización social de los cuidados entre los diferentes actores que intervienen (Estado, hogares, mercado y comunidad) y como estos se establecen para la provisión de los cuidados.[1] Existen varios tipos de sistemas de cuidados: aquellos desfamiliarizados y desmercantilizados o los familistas, la principal diferencia entre ambos es que en los  segundos los cuidados son generalmente realizados por miembros de la familia, convencionalmente por las mujeres, en los cuales poco interviene actores externos como el Estado y los mercados, mientras que en los primeros existe una oferta en el mercado de los servicios de cuidados, pero a un costo muy elevado.
Las características principales de un sistema de cuidados injusto son:
                    i.            Inexistencia de la responsabilidad social de los cuidados: el Estado no emite suficientes políticas públicas para hacerse cargo de los cuidados de sus ciudadanos y en especial de aquellos grupos de atención prioritaria o vulnerables como los niños, adolescentes, ancianos, mujeres embarazadas, personas con capacidades especiales, personas privadas de su libertad y personas con enfermedades catastróficas. La responsabilidad de los cuidados, de forma general, recae sobre la esfera privada es decir los hogares y en cierta circunstancia existe un mercado de cuidados, que es muy costoso o el empleo doméstico, cuyas condiciones laborales no son las más idóneas.
                  ii.            División sexual del trabajo: es el desconocimiento de la corresponsabilidad de los cuidados, asumiendo que son tareas que únicamente le corresponden a los hogares y generalmente asociado a las mujeres. Esta concepción tiene su origen histórico en la creación de las normas sociales y morales de cada sociedad, que se relaciona con la construcción social del género; dividiendo los roles de género según el sexo de la persona, lo que se conoce como la división sexual del trabajo[2]. En consecuencia, los hombres realizan el trabajo productivo, que es remunerado, enfocado a la producción comercial y con fines de lucro; mientras que a las mujeres se les asignó el trabajo reproductivo, referente al cuidado de los hijos, el hogar, personas bajo dependencia, que no es remunerado, generalmente es específico para las personas que se conoce o cuidado de familiares y su fin es el bienestar físico y emocional de las personas que se cuida.
La división sexual del trabajo incide en la sociedad, ya que por muchos años los hombres al realizar trabajo productivo, accedían a derechos como educación, seguro de empleo, jubilación y otros beneficios laborables relacionados a ese tipo de trabajo, no obstante aquellas mujeres dedicadas al trabajo reproductivo no accedían a los mismos derechos, existiendo en consecuencia desigualdad de condiciones y posición de las mujeres en la sociedad, impidiéndoles acceder a la educación, beneficios laborales, independencia económica  y la poca participación de las mujeres en roles públicos y políticos, demostrando de esta manera la necesidad de una transformación social, que incluya la perspectiva de género sensitivo[3], misma que busca la igualdad de condiciones, derechos y responsabilidades entre hombres, mujeres y los géneros.
                iii.            Relación entre cuidados y desigualdad: que se manifiesta: (a) al momento de acceder a cuidados dignos, que cumplan con condiciones básicas de accesibilidad, calidad, disponibilidad y aceptabilidad, no es usual la contratación de servicios de cuidados profesionales, ya que sus costos son altos, lo que ha generado la existencia de trabajo doméstico gratuito y aquel que es remunerado, no obstante al no ser profesional, su reconocimiento económico es ínfimo o el de una remuneración básica y las condiciones laborales no son adecuadas. (b) Sea trabajo doméstico gratuito o remunerado es realizado en su mayoría por mujeres, ya que según las estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del 2013 a nivel mundial existen 43 628 000 mujeres trabajadores en relación con el número de hombres de 8 925 000, existiendo una diferencia de cincos veces promedio [4]. (c) Flujos asimétricos de desigualdad: a más de la división sexual de trabajo se debe considerar la interseccionalidad, que es la existencia de desigualdad por razones múltiples sea por su posición económica, raza, estatus migratorio, entre otras, demostrando que aquellas personas que gozan de una buena posición económica o social pueden acceder a los servicios de cuidados, mientras que aquellas que no, suelen ser trabajadores domésticos.

2.      La construcción hegemónica de la masculinidad y su influencia sobre la economía de los cuidados.

El género es una construcción socio cultural, dinámica, que determina los comportamientos, roles y atribuciones que una determinada sociedad, en un contexto histórico y cultura atribuye a las mujeres y hombres. La construcción del género está compuesta por tres elementos fundamentales[5] que son: 1) Normas de género. 2) Roles de género. 3) Relaciones de género, que en conjunto se transmiten mediante el proceso de socialización, que utiliza la educación como medio para implementar las normas de género y roles de género.

 Durante la edad antigua en varias civilizaciones como la Romana, árabes, Grecia, entre otras, se instauró un tipo de organización social en la que la autoridad y el poder económico recayó sobre el hombre jefe de familia, quien era dueño del patrimonio familiar, entendido este como los bienes familiares, que incluyó esclavos, esposa e hijos. Este tipo de organización social es el origen de la construcción hegemónica de la masculinidad, violencia, discriminación y desigualdad entre hombres y mujeres y es conocida como patriarcado.[6] Si a estos argumentos se suma el hecho generalizado  de la dicotomía en la clasificación de la realidad humana, que aplicable al tema del ensayo, se entiende como la división sexual entre hombre y mujer, que asigna desde el nacimiento un determinado rol a las personas basado en su sexo y que en la realidad material se manifiesta, en ciertos casos, como sexismo [7], se infiere  que el problema de fondo de la construcción hegemónica de la masculinidad es el sexismo, que  demanda ciertos comportamientos a los hombres tales como: mostrar liderazgo, ser proveedor económico de la familia, ser viril, no sentir atracción hacia otros hombres, ser fuerte física y emocionalmente, realizar trabajo productivo, ocultar emociones asociadas a la sensibilidad o vulnerabilidad, tener atracción hacia las mujeres, competitividad, poder, grandeza, administrar el patrimonio familiar, entre las más comunes. Por lo tanto, aquellos hombres que no actúan de conformidad a los estándares de la masculinidad hegemónica son subestimados y subordinados.

Se infiere que el problema de fondo principal de la masculinidad hegemónica es la construcción sociocultural de género basada en el  sexismo, que históricamente ha reconocido el rol a los hombres de poder y control económico, político y social, mientras que a las mujeres les asignó un rol pasivo, reproductivo de subordinación e incluso a aquellos hombres que se alejan del modelo de su rol son tratados de manera desigual y discriminatoria, como ejemplos: a los gays, transexuales, bisexuales, transgéneros, hombres que realizan trabajo doméstico gratuito, a través de las tareas del hogar o remunerado al profesionalizarse en tareas de cuidado como enfermería, cuidados paliativos, entre otras. Evidenciando la necesidad de las transformaciones de las estructuras sociales de las masculinidades hegemónicas, que han creado un sistema de organización social antagónico de mujer/hombre[8], donde prima el rol del hombre, siendo una concepción sexista, que impone la idea de lucha entre hombre y mujer, aparentemente irreconciliable, noción que debe ser abandonada y para lo cual es necesario la participación del Estado, mercado, hogares y comunidad.
3.      Transformación de las masculinidades como una necesidad para construir sistemas de cuidados más justos y la igualdad de género.

La propuesta es la transformación de las masculinidades hegemónicas hacia una visión no sexista, inclusiva de toda persona que se aleje del patriarcado, que aplicable al tema del ensayo, es indispensable el reconocimiento de la interdependencia y corresponsabilidad[9] en los cuidados humanos. En consecuencia, los actores sociales Estado, mercado, hogares y comunidad deben cooperar para la transformación. El Estado al tener la función principal de ser garantista de derechos y de promover la convivencia armónica tiene la responsabilidad de adoptar políticas públicas, medidas administrativas y legislativas que fomenten la corresponsabilidad de los cuidados tanto de hombres, mujeres, empresa privada y del mismo Estado, siendo esta colectiva.

La empresa privada tiene un papel fundamental, ya que debe dejar la visión del empleado autosuficiente, con plena disponibilidad para las obligaciones empresariales y la generación de ingresos, lo que implica el reconocimiento de que sus trabajadores también realizan tareas de cuidado[10] de sus familiares, de su hogar y propio, debiendo modificar sus políticas internas, que otorguen permisos de maternidad y paternidad más flexibles, reestructuración de la jornada laboral, creación de guarderías infantiles  en los lugares de trabajo o lactarios, reconocimiento de otras formas de trabajo como el teletrabajo[11],entre otras, medidas que se implementan con apoyo de un ordenamiento jurídico que promueva la corresponsabilidad y el ejercicio de derechos. A su vez la comunidad y los hogares son responsable de no promover más las conductas y comportamientos sexistas, sea en el ámbito de la educación en los hogares, pública o privada, la comunicación en medios sociales, ejercicio de la salud, etc., ya que el proceso de aprendizaje de las normas de género es mediante la socialización de las mismas, en los hogares, escuelas, colegios, medios de comunicación, instituciones religiosas, entre otros, proceso en el cual hombres y mujeres t son responsables de evitar fomentar una educación sexista. Se debe evitar mensajes asociados a las masculinidades hegemónicas tales como: “Los hombres no lloran”, “Es deber de los hombres proveer dinero a la familia”, “los verdaderos hombres tienen poder, sexo y mujeres”, “los hombres no deben realizar tareas del hogar”, “las mujeres juegan con bebes y aprenden a cocinar”, entre otras que promueven comportamientos sexistas que generan situaciones de violencia de género, discriminación y desigualdad.[12]

En el ámbito de los cuidados la evidente desigualdad de condición y posición de las mujeres[13] relacionada a varios factores entre ellos las normas de masculinidades hegemónicas (normas de género en general) , la división sexual de trabajo, entre otras, ya es considerada por  instituciones internacional como ONU, OEA, OIT, Estados, academia, comunidades, colectivos y asociaciones civiles, que tiene como uno de sus objetivos la transformación de las masculinidades hegemónicas, que incluyen la perspectiva de género sensitivo y promueven la igualdad de género dando lugar a la adopción de políticas, normas e instrumentos internacionales que tiene como objetivos principales el reconocimiento del trabajo reproductivo, mejorar las condiciones de las personas que lo realiza, la profesionalización del trabajo reproductivo y la inclusión de los hombres en los cuidados[14].
Según el informe a nivel regional en Latinoamérica titulado El Estado de la paternidad en américa latina y el caribe señala que “Es un hecho positivo que hoy muchos papás declaren su deseo de desempeñar el trabajo de cuidado no remunerado en el hogar e involucrarse más en la vida de sus hijos. Datos de la encuesta IMAGES en Chile, México y Brasil muestran que a dos de cada tres padres les gustaría trabajar menos para dedicarle más tiempo a sus niños/as”[15]. Demostrando así el interés de los hombres en los cuidados, que debe ser reforzado con la creación de políticas, normas, campañas de socialización, entre otras maneras, por parte de los Estados, asociaciones, colectivos, empresa privada las comunidades, escolares y los hogares, asumiendo la responsabilidad colectiva de los cuidados. No obstante, el volumen de hombres que proveen cuidados va en aumento en algunos Estados, pero en ninguna parte iguala la de las mujeres.[16]
Conclusiones:
1.      Normas de género que promueven las masculinidades hegemónicas como característica principal de los sistemas injustos de cuidados: el proceso de socialización de las normas de género, en que intervienen varios actores como los hogares, escuelas, colegios, medios de comunicación, instituciones religiosas, entre otros, históricamente y de manera generalizada, han promovido la idea sexista de la superioridad masculina y la subordinación de las mujeres, creando un sistema de organización social antagónico, aparentemente con roles de género opuestos e irreconciliables, al que se lo conoce como patriarcado. Este tipo de organización social genera la división sexual del trabajo, asignado de manera generalizada el rol productivo a los hombres, mientras que a las mujeres el rol reproductivo, que ha generado un sistema de cuidados injustos, cuyos efectos son la desigualdad en las condiciones y posiciones de las mujeres tanto en el acceso al trabajo remunerado, educación, salud, derecho laborables, horas de descanso y tiempo libre, así como la exclusión generalizada de los hombres en el cuidado de sus hijos, realización de tareas del hogar, cuidado de familiares enfermos o con capacidades especiales
2.      Necesidad de las transformación del sistema organizacional de masculinidades hegemónicas hacia uno más igualitario: las normas de género que promueven las masculinidades hegemónicas son cuestionadas, por lo que en la actualidad organismos internacionales, Estados, empresas privadas, colectivos, asociaciones, comunidades y la sociedad en general,  requiere un cambio en las normas de género, que  es promovido a través de políticas, legislación internacional y nacional, resoluciones administrativas, entre otras; que fomentan la inclusión de una perspectiva de género sensitivo, de manera transversal, que incluya la trasformación de las masculinidades hacia unas más participativa de la promoción de la igualdad de género e inclusiva en las actividades de cuidados.
3.      El reconocimiento de la interdependencia y corresponsabilidad en los cuidados: por parte de todos los actores de la sociedad, incluyendo la participación de los hombres y mujeres, es fundamental para la construcción de sistemas de cuidados más justos, si a esto se suma el interés de algunos hombres en participar de forma más activa en la crianza de sus hijos y cuidados del hogar, sí es posible transformar las normas de género sexista generalizadas en la sociedad, hacia una participación colectiva, que abandone el antagonismo entre mujer y hombre, gestando una sinergia humana hacia la igualad.     

Bibliografía
1.      ONU Mujeres, “Por qué nos preocupamos de los cuidados”. Centro de Capacitaciones de ONU Mujeres, 2014.
2.      ONU Mujeres, “Glosario de términos de la igualdad de género”. URL: https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php
3.      Organización Mundial del Trabajo (OIT), “Domestic workers across the World: global and regional statistics and the extend of legal protection.”. Geneva: International Labor Office, 2013, p.23. URL: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_173363.pdf
4.       Bialostosky, S.  “Panorama del Derecho Romano”, México D.F: Porrúa, 2008.
5.      ONU mujeres, “Igualdad de género: marco conceptual, normativo y contexto regional”. Centro de capacitación ONU mujeres, 2016.
6.      Izquierdo, M.  “Lo que cuesta ser hombre: coste y beneficios de la masculinidad”, 2007. URL: https://estudiscritics.files.wordpress.com/2011/02/izquierdo-sare-2007-ponencia-lo-que-cuesta-ser-hombre.pdf
7.      ONU Mujeres, “La organización social del Cuidado: identificación de necesidades y escenarios de cuidado”. 2014.
8.      Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Manual de Buenas prácticas en teletrabajo”, 2011, p.11. URL: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---ilo-buenos_aires/documents/publication/wcms_bai_pub_143.pdf
9.      UN Women. “Understanding masculinities and violence against women and girls”. UN WOMEN Training Centre, 2015, p. 38. URL: file:///C:/Users/clau1/Downloads/masculinities%20booklet%20.pdf
10.  MenCare “Estado de la paternidad en América Latina y el Caribe”, Nueva York, Washington: 2017. URL: http://www.campanapaternidad.org/wp-content/uploads/2017/06/2017-Informe-Estado-de-la-Paternidad-LAC.pdf
12.  Convención sobre los Derechos del Niño. Organización de Estados Americanos, 1989.
13.  Declaración Universal de los Derechos del niño. ONU, 1959.







[1] ONU Mujeres, “Por qué nos preocupamos de los cuidados”. Centro de Capacitaciones de ONU Mujeres, pp.11-12.
[2] El Glosario de términos de la ONU mujeres define a la división sexual del trabajo como: “La división del trabajo se refiere a la manera en que cada sociedad divide el trabajo entre los hombres y las mujeres, los niños y las niñas, según los roles de género socialmente establecidos o que se consideran apropiados y preciados para cada sexo.”  URL: https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php
[3] El término "perspectiva de género" es una forma de ver o analizar que consiste en observar el impacto del género en las oportunidades, roles e interacciones sociales de las personas. Esta forma de ver es lo que nos permite realizar un análisis de género y luego transversalizar una perspectiva de género en un programa o política propuesta, o en una organización. URL: https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php

[4] Las estadísticas mundiales del informe de la OIT señalan que las cifras mencionadas incluyen el trabajo de niños y niñas desde los 5 años. Organización Mundial del Trabajo (OIT), “Domestic workers across the World: global and regional statistics and the extend of legal protection.”. Geneva: International Labor Office, 2013, p.23. URL: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_173363.pdf
[5] El género al ser una construcción socio cultural está compuesta de tres elementos esenciales que son: 1) Normas de género: son normas sociales, que establecen el comportamiento que debe tener una persona conforme su sexo, mujer u hombre, dependen de un contexto social y se han modificado a lo largo del tiempo. 2) Rol de género: comportamientos impuestos por las normas de género, que determinan las tareas y responsabilidades de mujeres y hombres, asignadas tradicionalmente. Pueden modificarse en el transcurso del tiempo a través del empoderamiento de mujeres y la transformación de masculinidades. 3) Relaciones de género: subconjunto de las relaciones sociales, que estudia las relaciones entre mujeres y hombres como grupos sociales en una determinada comunidad, incluye cómo se distribuyen el poder, acceso y control de recursos entre sexos. Se entrecruzan con otros factores sociales como la raza, étnica, edad, religión, entre otros. Fuente del glosario de términos de la ONU mujeres disponible en el siguiente link https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php
[6] El Imperio Romano y su organización social y de gobierno se basó en una estructura compleja que “a diferencia de la actualidad no toda [persona] era sujeto de derecho. Para ser sujeto activo de Derecho, persona, lo que en terminología llamamos capacidad de obrar de ejercicio, el Derecho Romano requería la confluencia de algunos requisitos […] que haya nacido libre, ciudadano romano y que tena cierta posición en la familia […]Era una familia agnaticia, es decir en la que sólo cuentan los lazos paternos […] El campo de acción del pater familias, es principalmente la familia, la domus, que durante la monarquía estaba configurada por un grupo de personas sujeta a su autoridad, con poderes similares al de un jefe político.” Sara Bialostosky, “Panorama del Derecho Romano”, México D.F: Porrúa, 2008, pp. 37, 38,47.
[7] “Es toda forma de enfatizar las diferencias entre hombres y mujeres, esencialmente biológicas, desde una perspectiva discriminatoria entre lo femenino y masculino, que conlleva prejuicios y prácticas vejatorias ultrajantes contra las mujeres.” ONU mujeres, “Igualdad de género: marco conceptual, normativo y contexto regional”. Centro de capacitación ONU mujeres, 2016, p.17.
[8] “El antagonismo hombre/ mujer es un antagonismo estructural. No se trata de luchar contra ese enemigo, sino contra un sistema de relaciones que lo configura.” María Jesús Izquierdo, “Lo que cuesta ser hombre: coste y beneficios de la masculinidad”, 2007, p. 8. URL: https://estudiscritics.files.wordpress.com/2011/02/izquierdo-sare-2007-ponencia-lo-que-cuesta-ser-hombre.pdf
[9] El principio de corresponsabilidad también se aplica a la responsabilidad de ambos padres sobre la crianza de sus hijos, este principio se encuentra reconocido en la Convención Americana de Derechos del niño en su Art. 18 que dice “Art. 18 1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.” Además de su reconocimiento en la Declaración de los derechos del niño en el principio 7 que señala “El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.”
[10] ONU Mujeres, “La organización social del Cuidado: identificación de necesidades y escenarios de cuidado”. 2014, p.26.
[11] “El teletrabajo es la forma de organizar y realizar el trabajo a distancia mediante la utilización de las TIC en el domicilio del trabajador o en lugares o establecimientos ajenos al empleador.” Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Manual de Buenas prácticas en teletrabajo”, 2011, p.11. URL: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---ilo-buenos_aires/documents/publication/wcms_bai_pub_143.pdf
[12] UN Women. “Understanding masculinities and violence against women and girls”. UN WOMEN Training Centre, 2015, p. 38. URL: file:///C:/Users/clau1/Downloads/masculinities%20booklet%20.pdf
[13] La condición se refiera a la situación o circunstancia de la persona como la situación económica, acceso a bienes y servicios, la carga de trabajo y la distribución de su tiempo libre, mientras que la posición es la ubicación y reconocimiento social asignado a las mujeres con relación a los hombres en la sociedad. Esto es su inclusión o exclusión de los espacios de toma de decisiones y su participación social y política. URL: https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php
[14] Existen campañas a nivel internacional que promueven la inclusión de los hombres en los cuidados, una de ellas a nivel mundial es Mencare que busca promover la participación de los hombres en su paternidad y como cuidadores con equidad de género y sin violencia. A nivel regional en Latinoamérica se lleva a cabo la misma campaña. http://www.campanapaternidad.org/estadodelapaternidadlac2017/
[15] MenCare “Estado de la paternidad en América Latina y el Caribe”, Nueva York, Washington: 2017, p.23. URL: http://www.campanapaternidad.org/wp-content/uploads/2017/06/2017-Informe-Estado-de-la-Paternidad-LAC.pdf
[16] “En la actualidad, el 40% de la fuerza laboral mundial corresponde a las mujeres y, no obstante, ellas todavía se ocupan de dos a diez veces más de los cuidados y las faenas en el hogar que los hombres” MenCare, “Panorama del estado de los padres en el mundo”, 2015, p.10. URL: http://sowf.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2015/06/23213759/State-of-the-Worlds-Fathers_Executive-Summary_Spanish_web.pdf